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Abogados Compraventa de Vivienda Madrid

Compra o vende tu vivienda sin sorpresas

abogados en madrid

Abogados especialistas en Compraventa de Inmuebles

Comprar o vender una vivienda en Madrid es un paso importante, pero también puede convertirse en una fuente de estrés si no se gestiona bien. ¿Y si hay cláusulas ocultas en el contrato? ¿Y si la propiedad tiene cargas o deudas que desconoces? ¿Qué pasa si después de la firma descubres problemas que nadie te mencionó?

Aquí es donde contar con un abogado especialista en compraventa de vivienda en Madrid marca la diferencia. No solo revisamos cada documento para evitar errores que puedan salirte caros, sino que también nos aseguramos de que todo el proceso sea claro, seguro y sin complicaciones para ti.

Lexway Abogados

Servicios como abogados especialistas en compraventas de propiedades

Nuestro despacho de abogados en Madrid ofrece un asesoramiento jurídico completo en compraventas inmobiliarias, adaptado a tus necesidades, ya seas comprador o vendedor.

Asesoría para compradores

Revisión de contratos de compraventa

Revisión de contratos (arras, compraventa, hipoteca) para garantizar que protegen tus derechos.

Cargas y gravámenes

Comprobación de cargas y gravámenes en el Registro de la Propiedad.

Impuestos y gastos

Asesoramiento en impuestos y gastos para evitar costes imprevistos.

Cláusulas

Negociación de cláusulas para mejorar las condiciones de la compra.

Firmas y escrituras

Asistencia en la firma ante notario y supervisión de la escritura pública.

Asesoría para vendedores

Redacción de contratos

Redacción de contratos para garantizar un acuerdo claro y sin riesgos.

Verificación de documentos

Verificación de documentación (IBI, certificado de eficiencia energética, cédula de habitabilidad, etc.).

Asesoramiento fiscal

Asesoramiento fiscal sobre plusvalía municipal y otros impuestos derivados de la venta.

Pagos y cobros

Gestión de pagos y cobros para evitar impagos o problemas con la entrega.

Resolución de disputas

Resolución de disputas en caso de incumplimiento de contrato o reclamaciones posteriores.

Evita estos errores en la compraventa de viviendas

Aspectos clave de la compraventa de inmuebles en Madrid

Marco legal: Código Civil, Ley Hipotecaria y LCCI

La compraventa de bienes inmuebles en España se rige por los artículos 1445 a 1525 del Código Civil, que regulan los elementos esenciales (consentimiento, objeto y precio), las obligaciones del vendedor (entrega, saneamiento por evicción y por vicios ocultos) y las del comprador (pago del precio). El artículo 1462 CC establece la entrega como tradición real o instrumental (escritura pública = entrega presunta).

La inscripción de la transmisión se rige por la Ley Hipotecaria (texto refundido de 8 de febrero de 1946) y su Reglamento. El artículo 34 LH consagra el principio de fe pública registral: el tercero de buena fe que adquiere a título oneroso del titular registral queda protegido frente a vicios anteriores no inscritos.

Para compraventas financiadas con hipoteca firmada desde el 16 de junio de 2019, aplica la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), que impuso nuevos requisitos de transparencia, asesoramiento previo notarial obligatorio (acta de información), limitación de cláusulas abusivas, vencimiento anticipado tasado (art. 24 LCCI) y reglas sobre comisiones de subrogación y novación.

Tipos de arras y consecuencias jurídicas

Antes de firmar la escritura pública, comprador y vendedor formalizan un contrato de arras que regula la reserva del inmueble y las consecuencias del desistimiento. La elección del tipo determina el régimen aplicable:

  • Arras penitenciales (art. 1454 CC): facultan a cualquiera de las partes a desistir del contrato. Si desiste el comprador pierde la señal entregada; si desiste el vendedor devuelve el doble de lo recibido. NO permiten exigir el cumplimiento forzoso.
  • Arras confirmatorias: funcionan como anticipo del precio. Si una parte incumple, la otra puede optar entre exigir el cumplimiento forzoso del contrato (entrega o pago) más daños y perjuicios, o la resolución con devolución del precio e indemnización (art. 1124 CC).
  • Arras penales: la cantidad entregada opera como cláusula penal indemnizatoria, sin liberar del cumplimiento del contrato. Su régimen se rige por los artículos 1152-1155 CC.

La calificación es esencial: en defecto de pacto expreso, la jurisprudencia del Tribunal Supremo presume arras confirmatorias (vinculan a cumplir), NO penitenciales. La cláusula debe ser inequívoca, idealmente con remisión expresa al artículo 1454 CC si las partes quieren la opción de desistimiento.

Impuestos en la compraventa: ITP, AJD, IVA y plusvalía municipal

La fiscalidad varía según el tipo de operación:

  • Vivienda de segunda mano (entre particulares): sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En la Comunidad de Madrid el tipo general es del 6% sobre el valor de referencia catastral. Para vivienda habitual hasta 250.000 € con compradores menores de 35 años, el tipo se reduce al 4%.
  • Vivienda nueva (promotor o profesional): sujeta a IVA del 10% y a Actos Jurídicos Documentados (AJD) del 0,75% sobre la cuota del IVA en la Comunidad de Madrid. Para VPO o vivienda especial, el IVA puede reducirse al 4%.
  • Plusvalía municipal (IIVTNU): se devenga al transmitir el inmueble y la paga el vendedor. Tras la STC 182/2021 y el RD-Ley 26/2021, el contribuyente puede elegir entre la base objetiva (valor catastral × coeficientes) o la base real (diferencia entre valor de adquisición y transmisión), aplicando la menor. Si no hay ganancia patrimonial real, la operación está no sujeta.
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): el periodo se prorratea entre vendedor y comprador conforme a la STS 409/2016. Conviene pactar en escritura quién asume el IBI del ejercicio en curso.
  • IRPF / Impuesto sobre Sociedades: el vendedor tributa por la ganancia patrimonial obtenida (diferencia entre valor de adquisición actualizado y valor de transmisión). Exenciones aplicables: reinversión en vivienda habitual, mayores de 65 años con vivienda habitual, dación en pago.

Recomendamos planificar fiscalmente la operación antes de firmar las arras: el ahorro tributario puede superar varios miles de euros y algunas opciones requieren cumplir requisitos con plazos cerrados.

Lo que opinan de nuestros Abogados de compraventas en Madrid

Heaven Sucks profile picture
Heaven Sucks
10:19 22 Jan 25
Nunca nos habíamos topado con personas tan profesionales y capaces de hacer un trabajo de tan alta calidad. Mi familia y yo estamos muy contentos con el servicio que nos han prestado. Volveríamos una y mil veces más sin dudarlo. Si necesitan una gestión eficaz, hecha desde la atención absoluta a su caso, y rápida, deben de acudir a Lexway Abogados. Ángel, de Guadalajara, es una persona encantadora, que desde un princípio nos ha atendido perfectamente. ¡Muchísimas gracias a todos por la excelente labor que cumplen para con las personas!
He recibido un buen asesoramiento por parte de Angel Esteban. Estoy agradecido.
María Aráez profile picture
María Aráez
21:16 18 Nov 24
Magníficos profesionales, especialmente Fernando Franchi y José Miguel Revilla, gracias a ellos hemos conseguido tener éxito en un pleito que nadie confiaba. Muchas gracias.
Vision Oyakhilome profile picture
Vision Oyakhilome
10:21 04 Jul 23
Son muy profesionales y estoy muy satisfecho con su trabajo
Santiago Collado profile picture
Santiago Collado
07:38 18 Jan 23
Ágiles y resolutivos. Buena relación calidad/precio. Especialmente Fernando y Mario.
Eternamente agradecida a Pedro Álvarez del Río por ser tan resolutivo y haber solucionado mi caso de la forma más satisfactoria posible en tiempo récord. Recomiendo sus servicios por su eficiencia y ser un profesional 10. Una vez más, mil millones de gracias, Pedro!!
Lola Toledano profile picture
Lola Toledano
15:08 17 Oct 19
Muy satisfecha y agradecida con Pedro Álvarez del Río , por su atención , cercanía y profesionalidad con que ha llevado mi caso.
Excelentes profesionales. Lo recomiendo 100%

Ven a visitarnos a nuestro Despacho de Abogados en Madrid

Lexway Abogados

Dirección: C. de Claudio Coello, 46, 2º izquierda, Salamanca, 28001 Madrid

Teléfono: 917 60 71 35

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Proceso de Auditoría Legal (Due Diligence)

¿En qué consiste nuestra auditoría legal o Due Diligence Inmobiliaria en Madrid?

El trabajo de un abogado inmobiliario en Madrid va mucho más allá de revisar un contrato. Realizamos una auditoría legal completa, también conocida como due diligence, para identificar y neutralizar cualquier riesgo oculto antes de la firma. Este proceso es la garantía de que tu inversión es segura y no heredarás problemas futuros, un nivel de protección que solo los especialistas en derecho inmobiliario pueden ofrecer.

¿Qué comprobamos en el Registro de la Propiedad y el Catastro?

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¿Cómo analizamos la situación urbanística del inmueble?

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¿Qué revisamos sobre las obligaciones fiscales y de la comunidad?

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