Reclamaciones de responsabilidad contractual
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La responsabilidad civil contractual es una noción básica en el mundo jurídico, que puede traducirse como el deber que tienen las partes de responder por las obligaciones que se generan a partir de la firma de un contrato. Este tema toma especial relevancia en aquellas situaciones en que los actos producto de dicho contrato causan algún daño ante el cual debe existir un resarcimiento.
¿Qué es la responsabilidad contractual en Madrid?
En términos más precisos, se trata de una acción acordada entre las partes que han suscrito un contrato, en caso de producirse el incumplimiento de alguna obligación por parte de cualquiera de los involucrados.
¿Qué elementos deben concurrir para que se produzca la responsabilidad contractual?
Para que pueda hablarse de responsabilidad contractual, lógicamente debe estarse ante un contrato válido y que cumpla todos los requisitos establecidos en la ley. Además, se requiere que, de las partes vinculadas al contrato, una de ellas sea responsable de algún daño y la otra sea perjudicada.
¿Como está regulada la responsabilidad contractual en el Código Civil?
Según el artículo 1101 del Código Civil, aquellos que intervengan en un contrato, deberán cumplir con lo establecido en el mismo. Además, destaca que todo incumplimiento causado bien sea mediante dolo, negligencia o morosidad, acarrea una indemnización por motivo de daños y perjuicios.
Al hablar de culpa o negligencia, se hace referencia a la poca diligencia o a la carencia de una adecuada actuación por parte del deudor respecto a las obligaciones que ha prometido cumplir. El dolo, por su parte, se refiere a la intención que tiene la parte que incumple, siendo consciente de ello y actuando voluntariamente. Por su parte, la morosidad se refiere a la falta de pago vinculada con las obligaciones contraídas o los plazos establecidos.
¿Cuáles son las formas de cumplimiento de un contrato?
En primer lugar, nos encontramos con el cumplimiento voluntario, que no es más que el cumplimiento efectivo de las partes respecto a las obligaciones que se hayan establecido en el contrato sin que tuviera que mediar ninguna medida coercitiva.
Por el contrario, el cumplimiento forzoso se produce como consecuencia de un incumplimiento de contrato, en razon del cual se ejecutan las acciones necesarias para que las obligaciones sean cumplidas.
¿Cuáles son las formas de incumplimiento de un contrato?
De acuerdo a lo expresado en el Código Civil, el incumplimiento de las obligaciones que son producto de un contrato, se debe al hecho de que alguno de los contratantes quebranta lo plasmado en el contenido de dicho acuerdo.
Existen varias formas de incumplimiento de contrato, que pueden producirse bien sea por parte de una o de ambas partes intervinientes en el contrato.
– Incumplimiento unilateral. Es el más común y ocurre cuando solo una de las partes actúa de forma contraria a lo pactado en el contrato.
– Incumplimiento unilateral pasivo. Se trata de aquel en el que el deudor voluntariamente se rehúsa a cumplir específicamente con las obligaciones acordadas.
– Incumplimiento unilateral activo. Por lo general ocurre cuando el acreedor incumple con lo estipulado expresamente, por ejemplo, negarse a recibir un pago o no comparecer cuando es requerido.
– Incumplimiento recíproco. Tiene lugar cuando ambas partes del contrato demuestran una falta de actividad o de diligencia al momento de cumplir con las obligaciones acordadas.
¿En la responsabilidad contractual opera algún tipo de prescripción?
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, hay un plazo establecido de 5 años para la prescripción por responsabilidad contractual.
Sin embargo, existen ciertos plazos especiales de prescripción, que varían según las diversas causas que puedan producir dicha responsabilidad. Por ejemplo, existen plazos de prescripción para las acciones que buscan proteger la intimidad y el honor, para la responsabilidad causada por daño nuclear, la responsabilidad frente a la administración pública, las injurias o calumnias, negligencia o culpa extracontractual, etc.
Consecuencias jurídicas que se producen por la responsabilidad contractual en Madrid
Ejecución forzosa
En Madrid en el momento en que se incumple de manera precisa y oportuna con lo dispuesto en el contrato, la parte acreedora tendrá derecho a exigir el cumplimiento. Dicho cumplimiento, mediante solicitud ante el tribunal competente, puede producir o el cumplimiento voluntario o como última medida, el embargamiento de los bienes del deudor.
Indemnización de daños y perjuicios
Todo incumplimiento originado en una relación de naturaleza contractual, ocasiona que necesariamente se le deba pagar una cantidad de dinero al acreedor, cuyo monto se determinará en función de los siguientes aspectos:
Daño moral
Se refiere al valor expectante de un producto o servicio que no resultó satisfecho según el criterio de la persona afectada.
Pérdida de ingresos o lucro cesante
Hace referencia a todas las ganancias que se dejaron de percibir como consecuencia del incumplimiento contractual.
Daño indirecto o emergente
Se refiere a la cantidad que, al no ser recibida, ocasiona una deuda.
Ejecución forzosa de obligación de hacer
Mediante facultad del juez, se puede exigir al deudor el cumplimiento de una obligación contractual, para lo cual se le concede un plazo prudente.
Ejecución forzosa de obligación de dar
Se lleva a cabo mediante la enajenación de los bienes del deudor, los cuales son subastados o rematados por el Tribunal que resulte competente, de forma que con lo obtenido se puedan reparar los daños ocasionados por el incumplimiento de la obligación.
Ejecución de obligación de no hacer
Las leyes españolas permiten la concesión de un plazo a la parte deudora para que deshaga lo hecho. Una vez vencido dicho plazo, la parte acreedora tendrá el derecho de exigir el cumplimiento de la obligación al deudor, lo cual, de no ser posible, dará lugar a la ejecución de la obligación de dar.
¿Qué diferencias hay entre la responsabilidad contractual y la responsabilidad extracontractual?
La diferencia más notoria entre ambas es que la responsabilidad extracontractual, aun cuando si existe una obligación de indemnizar por cualquier perjuicio ocasionado, carece de un contrato que vincule a las partes.
Además, la responsabilidad contractual surge cuando es incumplida alguna obligación previamente pactada por las partes. Mientras que la responsabilidad extracontractual ocurre cuando se incumple la regla general de que una parte no le cause daño a la otra.