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Protege tu empresa ante posibles compradores

Asegura tu empresa ante posibles compradores

Tanto si estás interesado en adquirir una empresa como si ya tienes posibles compradores. Es importante que conozcas dos documentos que pueden protegerte a ti y ahorrarte gran cantidad de tiempo en largas negociaciones.

Después de los primeros contactos, es habitual que el interesado en la compra de la empresa desee examinar los documentos de la compañía con el fin de obtener más detalles sobre su patrimonio y determinar el precio final a pagar. En esta etapa, es altamente recomendable firmar un acuerdo de confidencialidad y una carta de intenciones.

Acuerdo de confidencialidad

El objetivo de este acuerdo es asegurar que el potencial comprador utilice la información proporcionada únicamente para realizar una posible oferta de compra. Se establece que la información debe ser destruida o devuelta al finalizar el plazo para presentar la oferta, sin conservar copias. Este tipo de contrato es común, no solo cuando la empresa tiene secretos comerciales o procesos que desea proteger, sino también cuando la lista de clientes y proveedores con sus historiales de ventas y compras debe ser salvaguardada.

El documento debe incluir una lista de la información proporcionada, indicando claramente que es estrictamente confidencial y que su uso está restringido al proceso de compra. Además, se debe especificar qué ocurrirá en caso de que la venta no se lleve a cabo o si el comprador incumple el acuerdo. También se establecerá que el compromiso de confidencialidad es indefinido o de larga duración, con el fin de evitar cualquier perjuicio en caso de una posible divulgación. Además, se debe estipular una compensación por incumplimiento, de manera que no sea necesario demostrar los daños sufridos, sino simplemente probar el uso indebido de la información (por ejemplo, si un competidor lanza una campaña de captación dirigida a los clientes o copia procesos de producción), para poder reclamar la cantidad acordada.

Es importante tener en cuenta que no es necesario proporcionar información que no afecte el proceso de compra (por ejemplo, una metodología especial en el proceso de producción). Este contrato solo obliga a la otra parte a utilizar de manera adecuada la documentación proporcionada.

Carta de compromiso (LOI)

Con el fin de determinar si el ofertante está realmente interesado y evitar pérdidas de tiempo o filtración de información, es recomendable solicitar una “carta de compromiso”, en la cual el ofertante comunica su intención de adquirir la compañía y puede incluso establecer un precio o las fórmulas matemáticas que permitan determinarlo en el futuro.

La oferta también puede ser vinculante, especificando en qué casos el comprador puede renunciar a la operación o modificar el precio. Por lo tanto, es razonable acordar lo siguiente:

  1. No podrá desvincularse en caso de que se detecte la aplicación dudosa de una deducción fiscal o irregularidades laborales que no pongan en peligro la continuidad del negocio. En tal situación, se acuerda que una parte del precio final quedará retenida como garantía para cubrir el posible costo económico de estas cuestiones.
  2. Podrá desvincularse si se descubre una situación grave y significativa, como el hecho de que otra empresa tenga patentado un proceso clave en la producción.

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