Contratos de arras Penitenciales
Modelo de contrato de arras penitenciales para descargar
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Comprar un inmueble es una operación de gran importancia que representa, por lo general, una suma importante de dinero y muchos intereses en juego. Por estas características, no se puede perder de vista que se trata de una transacción que implica altos riesgos. En este sentido, lo mejor es tomar las previsiones del caso, especialmente cuando aparece una persona con la que podríamos cerrar una negociación. Esto lo haremos con un contrato de arras.
Descargue su propio contrato de arras
Si bien siempre recomendamos se asesore con un especialista en materia inmobiliaria antes de proceder a la firma de cualquier documento de esta índole, también le decimos que usted mismo puede redactar su contrato de arras penitenciales.
Tomando en cuenta cada uno de los elementos que explicaremos, hemos elaborado un modelo que podrá descargar para rellenar los espacios y adaptarlo a sus necesidades. No obstante, le sugerimos que lo lea con detenimiento y, ante cualquier inquietud, no dude en contactarnos. Nosotros lo revisaremos o lo elaboraremos por usted, brindándole la confianza y seguridad que necesita.
¿En qué consiste un contrato de arras?
Lo primero que haremos será conocer un poco más sobre este contrato. El contrato de arras es aquel que, de forma privada, el vendedor y el comprador del inmueble firman, a los fines de comprometerse a efectuar la futura compraventa. De este modo, el comprador se compromete a adquirir el bien y el vendedor a realizar su entrega.
Para que estas manifestaciones de intenciones se materialicen, el futuro comprador entrega al futuro vendedor una cantidad de dinero. Éste monto será entregado en calidad de garantía; así, si algunas de las partes desistiera de la operación, se derivarán consecuencias para la parte que se retracte.
Arras penitenciales
El contrato de arras tiene varios tipos, en esta oportunidad conoceremos las arras penitenciales. Este tipo de contratos de arras, permite que cualquiera de las partes desista de la compraventa del inmueble. Diferenciándose de otros tipos de arras en que, de darse el incumplimiento, las partes no podrán exigirse el cumplimiento del contrato.
Esto es así, porque la finalidad de estas arras en particular, es establecer un poder liberatorio a cambio de una suma de dinero.
Así, cuando el incumplimiento venga del comprador, éste perderá la cantidad entregada en garantía. Pero, si el incumplimiento es de parte del vendedor, éste deberá devolver la cantidad que ha recibido de forma duplicada.
Elementos esenciales del contrato de arras penitenciales
Ahora bien, para que este pacto pueda surtir sus efectos y no haya lugar a confusiones, es pertinente destacar que debe contener ciertos aspectos, como lo son la información esencial del negocio y las condiciones del mismo. Esto además de determinar a las partes y al inmueble sobre el que se llevará a cabo la operación, también nos servirá de base para el contrato definitivo de compraventa, el cual suele replicar esta información.
De lo anterior, podemos afirmar que esos datos esenciales se traducen en la identificación plena de las partes, así como del inmueble (dirección, número, piso, etc.) y una descripción general del mismo (metraje, número de habitaciones, etc.). También será necesario señalar el precio final de la compraventa y la forma de pago.
Otro punto relevante, que debe indicarse en el contrato, es el tiempo máximo para formalizar el contrato de compraventa definitivo. Asimismo, deberá señalarse expresamente el compromiso de firmar el contrato mediante escritura pública.
No debemos olvidar, que se debe dejar claro que se trata de arras penitenciales, pues de no establecerse nada expreso, se considerarán arras confirmatorias, cuyas consecuencias en caso de incumplimiento son totalmente diferentes a las indicadas para el tipo de arras que nos ocupan. En este orden de ideas, también debe establecerse expresamente la referencia al artículo 1.454 del Código Civil.
¿Cuánto debe ser el monto de las arras penitenciales?
En este contrato de arras penitenciales, es vital colocar la suma de dinero que se entrega en calidad de garantía y que la misma será descontada del precio final. Al respecto, es importante destacar que la ley no indica un monto mínimo o máximo para este concepto, por lo que dependerá de lo negociado entre las partes.
Desde un punto de vista práctico, la experiencia nos lleva a recomendar que si no existe plena seguridad de finalizar la compraventa, acuerde arras tendientes a la baja. Pero si está seguro de querer concretar la compraventa, negocie con la otra parte arras un poco más elevadas.
En todo caso, lo recomendado por especialistas en esta materia, indican que el monto puede fijarse en un rango entre el 5% al 15%, siendo el máximo aconsejable del 20% del valor de la transacción.
¿Por qué firmar un contrato de arras penitenciales?
El cumplimiento de estos contratos es perfectamente exigible y además ante una inminente posibilidad de perder mucho dinero, las partes se lo pensarán dos veces antes de retractarse de realizar la compraventa definitiva. En este sentido, sirven como un aval de que las partes se encuentran realmente involucradas e interesadas en culminar en felizmente la compraventa iniciada. Ante cualquier duda consulte a un abogado.