Un concurso de acreedores es un procedimiento judicial diseñado para gestionar la insolvencia de una persona o empresa que no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago. Su finalidad principal es doble: organizar el pago a los acreedores de forma justa y, si es viable, asegurar la continuidad de la actividad empresarial.
En la práctica, este mecanismo legal centraliza todas las deudas en un único proceso bajo la supervisión de un Juez de lo Mercantil. Determina si la solución pasa por un acuerdo (convenio) o por la venta ordenada del patrimonio (liquidación), estableciendo reglas claras sobre cómo y cuándo cobran los acreedores.
¿Cuándo se debe solicitar el concurso de acreedores?
Se debe solicitar un concurso de acreedores ante una situación de insolvencia actual o inminente. Esto ocurre cuando una empresa o persona anticipa que no podrá atender de forma regular sus pagos.
Las señales más frecuentes que indican esta situación son:
- Impagos generalizados de nóminas, facturas a proveedores, cuotas a la Seguridad Social u obligaciones tributarias.
- La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afectan al patrimonio.
- Una falta de liquidez estructural que impide afrontar las deudas a su vencimiento.
Actuar con diligencia y solicitarlo a tiempo es clave para proteger el valor del negocio y aumentar las posibilidades de alcanzar un convenio viable.
¿Qué tipos de concurso existen: voluntario o necesario?
La principal diferencia radica en quién inicia el procedimiento:
- Concurso voluntario: Lo presenta el propio deudor. Esta vía suele permitir una gestión más controlada y reduce el riesgo de que el concurso sea calificado como culpable.
- Concurso necesario: Lo solicita un acreedor u otro legitimado legalmente ante los impagos del deudor. En este caso, las facultades de administración del deudor suelen quedar limitadas desde el primer momento.
Aunque el punto de partida es distinto, ambos tipos de concurso siguen la misma estructura procesal.
¿Cómo se declara el concurso y qué documentos se necesitan?
El proceso comienza con la presentación de la solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil competente. Esta debe ir acompañada de documentación exhaustiva que acredite la situación de insolvencia.
Los documentos clave que se deben aportar son:
- Una memoria económica y jurídica que explique las causas de la insolvencia.
- Un inventario de bienes y derechos que componen la masa activa.
- Una lista de acreedores por orden alfabético, detallando sus créditos.
- Las cuentas anuales de los últimos tres ejercicios, si existe obligación de llevarlas.
Tras revisar la solicitud, el juez dicta el auto de declaración de concurso, nombra a la administración concursal y da publicidad a la decisión en el Registro Público Concursal.
¿Cuáles son las fases de un concurso de acreedores?
El procedimiento se articula en una serie de fases bien definidas, reguladas en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
1. Actos previos
Esta etapa incluye toda la preparación documental necesaria para presentar la solicitud. El objetivo es recopilar la información para ofrecer una fotografía fiel de la situación económica y jurídica del deudor.
2. Fase común
Es el auténtico punto de partida del concurso. Aquí, la administración concursal determina con exactitud el patrimonio del deudor (masa activa) y el total de sus deudas (masa pasiva). Los acreedores comunican sus créditos y el administrador elabora su informe, que incluye el inventario y la lista de acreedores con su clasificación.
3. Fase de resolución: convenio o liquidación
Una vez finalizada la fase común, el concurso puede desembocar en dos escenarios:
- Convenio: Es un acuerdo con los acreedores para reducir la deuda (quitas) y/o aplazar los pagos (esperas). Si se aprueba con las mayorías legales y recibe la aprobación judicial, permite la continuidad del negocio.
- Liquidación: Si el convenio no es posible o se incumple, se abre la fase de liquidación. Consiste en la venta ordenada de todos los bienes y activos del deudor para pagar a los acreedores hasta donde alcance el patrimonio.
4. Fase de calificación
En ciertos supuestos, principalmente cuando se abre la fase de liquidación, se analiza la conducta del deudor o sus administradores. El concurso se califica como:
- Fortuito: Si la insolvencia se debió a un infortunio, sin que mediara dolo o culpa grave.
- Culpable: Si la insolvencia fue generada o agravada por una mala gestión deliberada o gravemente negligente. Esto puede acarrear sanciones para los responsables.
¿Qué efectos inmediatos tiene la declaración de concurso?
El auto de declaración de concurso produce consecuencias automáticas y de gran alcance:
- Sobre el deudor: Sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedan intervenidas o suspendidas, pasando a ser supervisadas por la administración concursal.
- Sobre los acreedores: Se suspenden, por regla general, las ejecuciones y embargos individuales. Todas las reclamaciones de deuda se integran en el procedimiento concursal.
- Sobre los contratos: La ley busca proteger los contratos necesarios para la actividad, estableciendo reglas para su continuación o resolución en interés del concurso.
¿En qué orden cobran los acreedores? La clasificación de créditos
La Ley Concursal establece una jerarquía estricta para el pago de las deudas. No todos los acreedores cobran a la vez ni en la misma proporción.
El orden de pago es el siguiente:
- Créditos contra la masa: Son los primeros en cobrar. Incluyen los gastos del propio procedimiento (honorarios del administrador, costas judiciales) y las deudas generadas por la actividad tras la declaración de concurso.
- Créditos privilegiados: Tienen preferencia sobre el resto. Pueden tener un privilegio especial (garantizados por una hipoteca o prenda sobre un bien concreto) o general (ciertos créditos salariales, tributarios, etc.).
- Créditos ordinarios: Son las deudas comunes que no tienen ninguna preferencia (proveedores, préstamos sin garantía, etc.).
- Créditos subordinados: Son los últimos en la cola de pago. Incluyen, por ejemplo, los intereses de las deudas, multas y créditos de personas especialmente relacionadas con el deudor.
¿Hay diferencias si el deudor es una persona física o una empresa?
Sí, aunque la estructura general es similar, el enfoque práctico varía:
- En una empresa: El foco principal suele ser mantener la continuidad de la actividad y el empleo, a menudo a través de la venta de la unidad productiva. La contabilidad y la actuación de los administradores son examinadas con detalle.
- En una persona física: El procedimiento se centra más en la protección del deudor y en la posibilidad de acogerse al mecanismo de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que permite la cancelación de deudas bajo ciertos requisitos legales.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede ser declarado en concurso?
Cualquier persona jurídica (sociedades, asociaciones) o persona física (particulares o autónomos) que se encuentre en situación de insolvencia.
¿Se puede seguir operando tras la declaración de concurso?
Sí, es posible y a menudo deseable para preservar el valor del negocio. La actividad continuará bajo la supervisión del juez y la administración concursal.
¿Qué diferencia hay entre convenio y liquidación?
El convenio busca la supervivencia y la reestructuración de la deuda para seguir adelante. La liquidación busca la venta del patrimonio para pagar a los acreedores antes de la extinción definitiva.
¿Cuánto dura un concurso de acreedores?
La duración es muy variable. Depende de la complejidad del patrimonio, el número de acreedores y la carga de trabajo del juzgado. Una preparación documental rigurosa puede acelerar significativamente los plazos.

