¿Se puede hacer el llamamiento fijo-discontinuo por WhatsApp? Sí. WhatsApp, SMS o email son válidos para comunicar el llamamiento siempre que cumplan el art. 16 ET: dejen constancia (envío y contenido), detallen las condiciones de incorporación (fecha, hora, centro, puesto, jornada) y se haga con antelación suficiente. Ahora bien, si el convenio exige una forma concreta (p. ej., burofax), hay que respetarla: el mensaje digital puede servir de apoyo, no de sustitución.
Qué exige la ley (art. 16 ET) y qué dice la jurisprudencia reciente
La reforma laboral de 2021 puso foco en los trabajadores fijos-discontinuos, que alternan periodos de actividad e inactividad. En este contexto, el llamamiento es la comunicación con la que la empresa avisa al trabajador para reincorporarse a su puesto.
El artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores (ET) exige que el llamamiento:
- Se haga por escrito, o.
- Se realice por otro medio que deje constancia de la notificación, con detalle de las condiciones de incorporación y con la antelación suficiente.
Durante años, el estándar fueron burofaxes y cartas certificadas por su seguridad jurídica. Son eficaces, pero a menudo lentos y costosos. En cambio, la llamada telefónica es ágil, pero insuficiente por carecer de rastro documental.
Hoy la realidad digital permite utilizar WhatsApp, SMS o correo electrónico para comunicar el llamamiento con inmediatez y trazabilidad. La clave no es el soporte (papel vs. digital), sino acreditar envío, contenido y plazo. En mi práctica, lo primero es dejar claro quién comunica, cuándo lo hace y qué condiciones de incorporación se informan.
Además, la negociación colectiva puede fijar criterios objetivos y formales (orden de llamamiento, medios válidos, plazos). Si el convenio exige una forma concreta, hay que respetarla: cuando el convenio manda burofax, uso WhatsApp solo como apoyo, no como vía principal.
WhatsApp vs. burofax y llamada: ventajas, límites y riesgos probatorios
WhatsApp aporta rapidez, accesibilidad y un registro básico (mensaje enviado, hora, acuse de lectura). El correo electrónico permite incluso acuse de recibo y sellado de tiempo con proveedores de certificación. El SMS mantiene sencillez y constancia mínima. El burofax, por su parte, continúa siendo el estándar máximo de prueba (entrega/recepción, contenido), aunque con coste y plazos más largos.
Riesgos y límites que conviene anticipar:
- Datos de contacto desactualizados. Verifica siempre el número y el email del trabajador.
- Prueba incompleta. Un pantallazo suelto no basta: documenta, enviar–recibir–leer.
- Antelación insuficiente. Respeta plazos del convenio y usos del sector.
- Orden de llamamiento. Si no se respeta, el trabajador puede impugnar.
Checklist + modelo práctico de llamamiento digital
Checklist operativo (empresa)
- Medio pactado. ¿El contrato o el convenio admite WhatsApp/SMS/email?
- Datos validados. Número y correo actualizados y confirmados por el trabajador.
- Contenido completo. Incluye fecha, hora y lugar de incorporación; categoría/puesto, jornada y cualquier cambio relevante.
- Antelación suficiente. Respeta el plazo previsto (convenio/uso).
- Prueba robusta. Conserva capturas íntegras, acuse de lectura, exportación del chat o certificación de contenido.
- Registro interno. Anota quién envía, a quién, cuándo y por qué medio.
- Plan B formal. Si no hay lectura/confirmación rápida, envía burofax o carta certificada.
Modelo de mensaje (WhatsApp/email)
Asunto/Inicio: Llamamiento fijo-discontinuo – Reincorporación
Mensaje:
Hola, [Nombre]. De acuerdo con el art. 16 ET y tu contrato de fijo-discontinuo, te llamamos para reincorporarte el [fecha] a las [hora] en [centro/dirección].
Puesto/Categoría: [] | Jornada/Turno: [] | Condiciones relevantes: [_______].
Por favor, confirma recepción y disponibilidad respondiendo a este mensaje.
Un saludo, [Empresa / Persona que firma].
(Este mensaje se envía al número/email facilitado por el trabajador a efectos de notificaciones.)
Preguntas frecuentes (empresas y trabajadores)
¿Vale WhatsApp como “medio escrito” para el llamamiento?
Sí, siempre que deje constancia del envío y del contenido y se respete la antelación. Lo determinante es poder acreditar que el trabajador fue debidamente informado.
¿Qué pasa si el convenio exige burofax?
Prevalece lo pactado: hay que usar la forma prevista. WhatsApp puede servir como refuerzo o aviso previo, pero no sustituye a la forma obligatoria.
¿Basta con una llamada telefónica?
No. La llamada es inmediata, pero no deja rastro verificable. Úsala solo como apoyo, seguida de un medio con constancia.
¿Qué pruebas debo guardar?
- Capturas íntegras de la conversación (con fecha/hora y número visible).
- Confirmación de lectura o respuesta del trabajador.
- Exportación del chat / correo con acuse / certificación digital del contenido.
- Registro interno del orden de llamamiento y plazos.
¿Y si no me llaman o no respetan el orden?
Si eres trabajador y no te han llamado pese a corresponderte por orden o no han respetado la antelación, puedes impugnar. Nuestro despacho revisa si el llamamiento se ajusta a la ley y defiende tus derechos si no se han respetado.
Cómo te ayudamos
Si tienes dudas sobre tu llamamiento, si te avisaron por un medio dudoso o sospechas que no se respetó el orden, lo revisamos contigo y te orientamos para actuar a tiempo con la mejor prueba posible.
Conclusión
El llamamiento por WhatsApp, SMS o email a trabajadores fijos-discontinuos es jurídicamente viable si se cumple la formalidad del art. 16 ET: constancia escrita, detalle de condiciones y antelación suficiente. La tecnología no sustituye la formalidad, la moderniza. La carga de la prueba recae en la empresa, por lo que conviene planificar, documentar y, cuando el convenio lo exija, apoyarse en burofax u otros medios reforzados. Para el trabajador, un mensaje digital bien documentado puede bastar para exigir la reincorporación o para impugnar si la comunicación fue defectuosa.