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¿Qué es el saneamiento por vicios ocultos en compraventa de viviendas o vehículos?

Actualizado el 29/04/2025 | Derecho inmobiliario & urbanismo

¿Has descubierto problemas en una vivienda, un vehículo o algún bien recién comprado? Podrías encontrarte ante un caso de vicios ocultos. A continuación, te explicamos en qué consisten, cuándo puedes reclamar el saneamiento y qué acciones te amparan según el Código Civil.

¿Qué son los vicios ocultos?

Los vicios ocultos son defectos graves que la cosa vendida tenía en el momento de la compraventa, pero que no eran evidentes para el comprador. Esto quiere decir que si el comprador hubiera conocido esos defectos, no habría adquirido el bien o habría pagado un precio menor.

Según el artículo 1484 del Código Civil, el vendedor debe responder por los vicios ocultos que hagan la cosa impropia para su uso o que disminuyan su utilidad, de tal modo que el comprador, de haberlos sabido, no la habría comprado o lo habría hecho a un precio más bajo.

¿Cuándo se puede reclamar el saneamiento por vicios ocultos?

Para que se active la obligación de saneamiento por vicios ocultos, deben cumplirse estos requisitos:

  1. Que el defecto sea realmente oculto: No debe ser fácilmente apreciable a simple vista, ni tampoco debía conocerse con una revisión mínima.
  2. Que exista en el momento de la compraventa: Si el problema surge después de la entrega y no se originó antes, no aplica el saneamiento.
  3. Que sea un defecto grave: Si el comprador hubiera sabido del vicio, no habría cerrado la compra o, al menos, habría ajustado el precio.

Importante: No habrá responsabilidad del vendedor si los defectos son evidentes o se supone que el comprador (por su oficio) podía fácilmente detectarlos.

Descubre si en tu situación merece la pena reclamar por vicios ocultos

Acciones para reclamar: redhibitoria y quanti minoris

La Ley permite dos vías principales de reclamación:

  1. Acción Redhibitoria
    • El comprador puede resolver el contrato y solicitar la devolución del precio y de los gastos generados.
    • Si el vendedor conocía los vicios ocultos y los ocultó, además podrá reclamarse una indemnización por daños y perjuicios.
  2. Acción Quanti Minoris
    • Permite al comprador solicitar una rebaja proporcional del precio.
    • Se mantiene el contrato, pero el vendedor debe compensar la pérdida de valor de la cosa.

Plazos para reclamar

Por norma general, el artículo 1490 del Código Civil marca que el plazo de reclamación es de 6 meses desde la entrega del bien (se considera un plazo de caducidad). 

Lo más recomendable es actuar cuanto antes: recopilar pruebas, verificar que el vicio existía al firmar el contrato y plantear la reclamación extrajudicial oportuna.

¿Qué ocurre si el vendedor no asume el saneamiento?

Si el vendedor se niega a responder, puede ser necesario acudir a la vía judicial. En ese caso, contar con profesionales de Lexway Abogados, expertos en Derecho Inmobiliario y en asuntos de vicios ocultos, es clave. Nuestro despacho revisará la documentación y buscará la mejor estrategia legal para reclamar.

Ejemplos frecuentes

  • Vicios ocultos en viviendas de segunda mano con humedades estructurales, grietas graves o problemas de instalaciones eléctricas o de fontanería.
  • Vehículos con fallos mecánicos importantes, no detectables con una simple inspección visual.

En todos los casos, el comprador debe probar que estos defectos existían antes de la compraventa y que eran desconocidos por su parte.

¿Por qué elegir Lexway Abogados?

  • Amplia experiencia en litigios de Derecho Inmobiliario y en reclamaciones por vicios ocultos.
  • Equipo multidisciplinar para asesorarte en todo el proceso, desde la negociación inicial con el vendedor hasta el juicio si fuera necesario.
  • Red de peritos especializados, que ayudan a determinar la existencia y la gravedad del vicio oculto.
  • Trato cercano y directo: entendemos lo importante que es para ti proteger tu inversión.

Contáctanos sin compromiso

Si crees que la cosa vendida adolece de un vicio oculto, en Lexway Abogados podemos ayudarte. Nuestro objetivo es conseguir la anulación del contrato (acción redhibitoria) o la rebaja proporcional del precio (quanti minoris), según proceda. Además, si el vendedor actuó de mala fe, lucharemos por obtener una indemnización por daños y perjuicios.

Socio Director en  ~ Web ~  Más Artículos

Soy abogado con más de 15 años de ejercicio profesional. He participado en más de 200 procedimientos judiciales y he cultivado más de 2200 horas de formación continuada tras licenciarme.

Me gusta el Derecho y he dedicado la mayor parte de mi carrera a las áreas del derecho Inmobiliario, Urbanismo y Mercantil.

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