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Prorrogar una excedencia voluntaria, ¿se puede?

Actualizado el 10/09/2025 | Derecho laboral & seguridad social

Cuando hablamos de prorrogar una excedencia, lo primero es no confundir deseos con derechos. La doctrina y la jurisprudencia han sido meridianas: la prórroga no existe como derecho subjetivo del trabajador; si no hay cobertura legal o convencional, la empresa no está obligada a aceptarla.

La excedencia voluntaria exige al menos un año de antigüedad y puede pedirse por un plazo no menor a cuatro meses ni mayor a cinco años. Para volver a pedir otra excedencia, deben pasar cuatro años desde que finalizó la anterior. Además, quien está en excedencia voluntaria conserva un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría, no la reserva automática del puesto.

Traducción práctica: los números 4 meses, 5 años y 4 años son el “corsé” legal que condiciona cualquier intento de “alargar” una excedencia.

¿Se puede prorrogar una excedencia voluntaria?

Regla general: la prórroga se ha tratado por los tribunales como un nuevo ejercicio del derecho de excedencia, no como una simple extensión del permiso inicial. La STS de 20 de junio de 2011 (rec. 2366/2010; ECLI:ES:TS:2011:4705) lo deja claro, recogiendo la línea de la STS de 11 de diciembre de 2003 (ECLI:ES:TS:2003:7954): no hay derecho automático a prorrogar, y admitirlo vaciaría de contenido los plazos legales. IberleyRUC Repository

Tu propio texto base resume esta misma idea: “la prórroga no existe como derecho subjetivo del trabajador… la solicitud debe tratarse como una nueva excedencia sujeta a los requisitos legales (incluida la espera de cuatro años)”.

Apuntes de casos

  • TS (20-06-2011): deniega que se imponga una tercera prórroga; cualquier prórroga es nuevo ejercicio del derecho.
  • TS (11-12-2003): la empresa no está obligada a aceptar prórrogas, para no desnaturalizar los topes y plazos del art. 46 ET.
  • TSJ Madrid (21-12-2017): confirma la denegación cuando no se cumplían los requisitos (p. ej., tiempos entre excedencias).

¿Cuándo puede prosperar una prórroga?

Hay dos vías que funcionan en la práctica (y que ya recogías en tu documento):

  1. Convenio colectivo: si prevé prórrogas y regula condiciones (plazos, topes, número de extensiones), se aplica esa mejora.
  2. Acuerdo escrito entre empresa y trabajador: es válido y vinculante (no es un “derecho unilateral”; es un pacto).

Consejo de despacho: antes de pedir la prórroga, lee tu convenio y revisa precedentes internos (si la empresa “ha aceptado la posibilidad” antes, ayuda en la negociación, aunque no crea un derecho automático).

Cómo solicitar (bien) la prórroga: checklist LEXWAY

Objetivo: maximizar opciones sin prometer lo que la ley no garantiza.

A) Marco aplicable

  • Convenio colectivo (cláusulas específicas sobre excedencia/prórrogas).
  • Políticas internas y precedentes.
  • Fechas: inicio y fin del periodo concedido; cuidado con superar el tope de cinco años en total.

B) Forma y tiempos

  • Solicitud por escrito y con acuse (burofax recomendado). Guía útil: cómo usar un burofax.
  • Presenta la petición con antelación razonable (nuestro consejo práctico: 30–60 días); no es un requisito del ET, pero facilita la organización interna.

C) Argumentación

  • Expón motivos (familiares, formativos, proyecto) y ofrece flexibilidad de retorno (vacantes de igual o similar categoría).
  • Si el convenio sí permite prórrogas, cita el precepto exacto.

D) Negociación

  • Alternativas: reingreso en fecha intermedia, reingreso y nueva excedencia más adelante (respetando los cuatro años), o adaptaciones temporales si hay vacantes.

Si la empresa deniega la prórroga: riesgos y salidas

Tu documento es claro con los riesgos: prolongar la ausencia sin aceptación puede acarrear sanciones, despido e incluso tratarse como baja voluntaria (con pérdida de derechos). En ese escenario, nuestra recomendación profesional es solicitar el reingreso en plazo y valorar acciones si se vulnera tu derecho preferente.

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Conclusión

Prorrogar una excedencia no es algo exigible por el trabajador salvo cobertura de convenio o pacto. La vía eficaz pasa por preparar bien la solicitud, negociarla y, si no prospera, reingresar y rediseñar el plan. Si necesitas ayuda, SOMOS LEXWAY ABOGADOS y podemos revisar tu convenio, redactar la solicitud y defender tus derechos ante la empresa. Contáctanos.

Ainoa Hinojal
Ainoa Hinojal
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