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Indemnización por despido improcedente: cálculo fácil + ejemplos (y calculadora)

Actualizado el 07/04/2026 | Derecho laboral & seguridad social



La primera pregunta que se hace cualquier persona tras un despido improcedente es cuánto dinero le corresponde. La respuesta rápida: 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Pero el cálculo real tiene matices que pueden cambiar la cifra en miles de euros: qué conceptos se incluyen en el salario, qué pasa con los contratos anteriores a 2012 y si la indemnización paga impuestos. Aquí se explica todo con ejemplos reales y fórmulas claras.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?

El cálculo de la indemnización por despido improcedente depende de tres variables: el salario diario regulador, la antigüedad del trabajador en la empresa y la fecha del contrato (antes o después del 12 de febrero de 2012).

La fórmula general, recogida en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, es:

Indemnización = Salario diario × Meses trabajados × (33 ÷ 12)

Para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se calcula a razón de 45 días por año (tope de 42 mensualidades). El periodo posterior, a 33 días. Ambos tramos se suman.

¿Qué es el salario regulador y qué conceptos incluye?

El salario regulador —también llamado salario diario a efectos de indemnización— no es simplemente dividir la nómina mensual entre 30. Incluye todos los conceptos retributivos de carácter salarial que el trabajador percibe de forma regular.

Conceptos que SÍ se incluyen

  • Salario base mensual bruto.
  • Pagas extraordinarias (prorrateadas: se suma el total anual de pagas y se divide entre 365).
  • Complementos salariales fijos: antigüedad, plus convenio, complemento de puesto, nocturnidad, peligrosidad.
  • Comisiones y variables regulares (media de los últimos 12 meses).
  • Horas extraordinarias habituales (si se realizan de forma recurrente).

Conceptos que NO se incluyen

  • Dietas y gastos de desplazamiento (son compensaciones, no salario).
  • Indemnizaciones o suplidos: plus de transporte compensatorio, desgaste de herramientas.
  • Aportaciones a planes de pensiones de empresa.
  • Prestaciones de la Seguridad Social (incapacidad temporal, por ejemplo).

Un error muy habitual: calcular con el salario neto en lugar del bruto. La indemnización siempre se calcula sobre la retribución bruta, antes de retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.

Ejemplo de cálculo paso a paso

Veamos un caso práctico para un trabajador con contrato posterior a 2012:

Caso 1: Contrato desde enero de 2016, despido en abril de 2026

  • Salario mensual bruto: 1.800 €.
  • Pagas extraordinarias: 2 pagas de 1.800 € cada una.
  • Salario anual bruto: 1.800 × 12 + 1.800 × 2 = 25.200 €.
  • Salario diario regulador: 25.200 ÷ 365 = 69,04 €/día.
  • Antigüedad: 10 años y 3 meses = 123 meses.
  • Cálculo: 69,04 × 123 × (33 ÷ 12) = 23.354,37 €.

Caso 2: Contrato mixto (anterior y posterior a febrero de 2012)

Trabajador con contrato desde marzo de 2008, despido en abril de 2026, salario diario regulador de 75 €:

  • Primer tramo (marzo 2008 – 11 febrero 2012): 47 meses a 45 días/año.

    75 € × 47 meses × (45 ÷ 12) = 13.218,75 €.
  • Segundo tramo (12 febrero 2012 – abril 2026): 170 meses a 33 días/año.

    75 € × 170 meses × (33 ÷ 12) = 35.062,50 €.
  • Total: 13.218,75 + 35.062,50 = 48.281,25 €.

Como se ve, la diferencia entre 33 y 45 días por año es considerable. Trabajadores con mucha antigüedad previa a 2012 pueden tener derecho a cantidades elevadas.

Para comprobar las cifras con tu situación concreta, Lexway pone a disposición una calculadora de indemnización por despido online y gratuita.

¿Cuáles son los topes máximos de la indemnización?

La ley establece dos límites que actúan como techo:

  • Contratos desde el 12 de febrero de 2012: el tope es de 24 mensualidades (equivalente a 2 años de salario bruto). Esto afecta a trabajadores con más de aproximadamente 8 años y 8 meses de antigüedad.
  • Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: el tope para el tramo a 45 días es de 42 mensualidades (3,5 años de salario). Además, la indemnización total del primer tramo no puede superar los 720 días de salario, salvo que el cálculo por el periodo anterior a febrero de 2012 ya superase esa cifra, en cuyo caso se respeta ese importe como máximo.

La realidad es que estos topes solo afectan a trabajadores con muchos años de antigüedad y salarios altos. Para la mayoría, la fórmula directa de 33 días por año es la que se aplica sin restricciones.

¿La indemnización por despido improcedente paga IRPF?

La indemnización por despido improcedente está exenta de tributación en el IRPF siempre que se cumplan dos requisitos:

  1. Que la improcedencia se reconozca en acto de conciliación (SMAC) o en sentencia judicial. Si la empresa reconoce la improcedencia directamente en la carta de despido sin pasar por conciliación ni juicio, Hacienda puede considerar que no hay exención.
  2. Que la cuantía no supere el límite legal de 33 días por año con tope de 24 mensualidades. El exceso sí tributa como rendimiento del trabajo.

Hay un límite absoluto de exención: 180.000 euros. Por encima de esa cifra, se tributa independientemente de cómo se haya calculado.

Lo que muchos trabajadores no saben: la empresa no puede retener IRPF sobre la parte exenta. Si lo hace, el trabajador tiene derecho a reclamar la devolución mediante la declaración de la renta.

¿Cuándo se cobra la indemnización?

Depende de la vía por la que se reconozca la improcedencia:

  • En la carta de despido: si la empresa reconoce la improcedencia y pone la indemnización a disposición del trabajador, se cobra en el momento del despido o en los días inmediatos.
  • En conciliación (SMAC): lo habitual es que se fije un plazo de pago en el propio acuerdo (normalmente entre 5 y 15 días).
  • En sentencia judicial: la empresa tiene 5 días desde la notificación de la sentencia para optar entre readmisión o indemnización. Si elige indemnizar, debe pagar de forma inmediata.

Si la empresa no paga en plazo, el trabajador puede solicitar la ejecución de la sentencia o del acuerdo de conciliación, lo que puede derivar en embargos sobre bienes y cuentas de la empresa.

¿Qué pasa si la empresa no puede pagar? El papel de FOGASA

Cuando la empresa es declarada insolvente o entra en concurso de acreedores, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se hace cargo de parte de la indemnización. El límite que cubre FOGASA es de 33 días por año con un tope de una anualidad, calculado sobre un máximo del doble del Salario Mínimo Interprofesional diario (SMI).

En la práctica, FOGASA cubre una cantidad inferior a la que correspondería al trabajador. Pero es la garantía de cobro cuando la empresa carece de recursos.

Indemnización por despido improcedente vs. despido objetivo

La diferencia económica entre ambas calificaciones es considerable:

Concepto Despido objetivo Despido improcedente
Días por año 20 días 33 días (45 pre-2012)
Tope máximo 12 mensualidades 24 mensualidades (42 pre-2012)
Salarios de tramitación No Solo si hay readmisión
Exención IRPF Sí (hasta límite legal) Sí (hasta límite legal)

Un despido objetivo que no cumpla los requisitos legales será declarado improcedente, lo que eleva automáticamente la indemnización de 20 a 33 días por año. Por eso muchos trabajadores impugnan despidos que la empresa califica como objetivos.

Preguntas frecuentes sobre la indemnización por despido improcedente

¿Se cobra indemnización y paro a la vez?

Sí. La indemnización y la prestación por desempleo son conceptos independientes y compatibles. El trabajador despedido de forma improcedente cobra la indemnización y, además, puede solicitar el paro al SEPE si cumple el requisito de cotización mínima (360 días en los últimos 6 años).

¿Se incluyen las horas extras en el cálculo?

Solo si las horas extraordinarias se realizan de forma habitual y regular. Las horas extras esporádicas no forman parte del salario regulador. La carga de probar su habitualidad recae sobre el trabajador.

¿Qué pasa con los contratos temporales?

Si un contrato temporal se extingue antes de tiempo sin causa justificada, se aplica la misma indemnización de 33 días por año. Si el contrato temporal finaliza en su fecha prevista, la indemnización es de 12 días por año (contratos posteriores a 2015).

¿Se puede negociar una indemnización superior a la legal?

Sí, especialmente en la fase de conciliación. La indemnización de 33 días es el mínimo legal. En la práctica, muchas empresas prefieren pagar algo más a cambio de cerrar el conflicto sin juicio. El exceso sobre el límite legal sí tributaría en IRPF.

¿Cuánto tarda en llegar el dinero?

Si se acuerda en conciliación, entre 5 y 15 días según lo pactado. Si es por sentencia, la empresa tiene 5 días para optar y pagar. Si no paga voluntariamente, la ejecución judicial puede alargarse semanas o meses, dependiendo de los bienes embargables de la empresa.

¿Necesito abogado para reclamar la indemnización?

No es obligatorio en primera instancia ante el Juzgado de lo Social, pero sí muy recomendable. Un abogado laboralista puede detectar errores en el cálculo del salario regulador, negociar cantidades superiores en conciliación y asegurar que la indemnización quede exenta de IRPF.

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Máster MBA Executive en Dirección Empresarial, he cursado estudios de Derecho en la Università degli Studi di Firenze y la Università per Stranieri di Perugia (Italia) y me he formado específicamente en materia laboral, concretamente, en Dirección de Gestión de los Recursos Humanos y Contratación Laboral.

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