Comprar una vivienda puede ser uno de los mayores logros de tu vida. Sin embargo, a veces aparecen vicios ocultos que pueden convertir ese sueño en una pesadilla. Un vicio oculto es un defecto que no se ha podido detectar al momento de la compra, pero que era subsistente al momento de la entrega de la vivienda.
Si descubres que tu nuevo hogar tiene problemas estructurales, filtraciones o fallos en las instalaciones eléctricas, puede que estemos ante un caso de vicios ocultos en vivienda. En este artículo te explicamos cómo identificarlos, cuál es el plazo de seis meses para reclamar y cuáles son los pasos para exigir una solución.
En sentido estricto, un vicio oculto es un defecto grave que estaba oculto al momento de realizar la compraventa, que de haberlo conocido no se hubiera comprado el inmueble o se hubiera pagado menos, de ahí, que las acciones
Vicio oculto en vivienda: definición y requisitos
Los vicios ocultos son defectos graves que afectan la habitabilidad, la seguridad o el valor de la propiedad. La gran particularidad es que se encuentran ocultos: no se ven a simple vista durante la visita o la inspección inicial. Esto significa que el comprador, de haberlos conocido, probablemente no hubiera adquirido la vivienda, o lo habría hecho por un precio menor.
Para que se considere que hay un vicio oculto en tu vivienda, se deben cumplir ciertos requisitos:
- Existencia previa a la compraventa
El defecto ya debe estar presente en el inmueble antes o en el momento de la entrega. Por ejemplo, humedades interiores que no se aprecian hasta que pasa un tiempo, defectos de construcción, problemas de cimentación o desperfectos estructurales. - Gravedad del problema
Afecta la habitabilidad o el uso normal de la vivienda. Puede ser un fallo eléctrico que pone en riesgo tu seguridad, o humedades que provocan daños en paredes y techos. - Difícil detección a simple vista
Si son vicios ocultos, no pueden ser fácilmente detectados con una inspección superficial. Requieren de un informe pericial o revisión exhaustiva para descubrir su existencia. - Desconocimiento del comprador
El comprador no sabía ni podía deducir la presencia del vicio en el momento de la compra. Si el defecto era visible o el comprador es un profesional que debería haberlo detectado, no se considera vicio oculto.
Ejemplos de vicios ocultos en vivienda
Aunque existen muchos problemas que podrían considerarse vicios ocultos, a continuación encontrarás algunos ejemplos de vicios comunes en las viviendas:
- Grietas estructurales: Fisuras en muros de carga, pilares o cimientos que no se aprecian hasta realizar un estudio profundo o cuando se agravan con el tiempo.
- Humedades: Filtraciones de agua en paredes o techos que aparecen gradualmente.
- Instalaciones eléctricas defectuosas: Circuitos que no cumplen la normativa, cableado inseguro o riesgo de cortocircuitos.
- Problemas de fontanería: Tuberías desgastadas o mal selladas que generan fugas de agua.
- Defectos de construcción (en viviendas nuevas): Fallos en el diseño o ejecución de la obra que perjudican la calidad y la seguridad de la estructura.
Estos vicios ocultos suelen encarecer la vivienda, ya que requieren reparaciones adicionales que el comprador no tenía previstas. Además, pueden poner en entredicho la responsabilidad del vendedor y dar lugar a una reclamación por vicios ocultos.
¿Tengo derecho a reclamar si descubro un vicio oculto?
La respuesta corta es sí, puedes reclamar, siempre que el defecto cumpla esos requisitos que mencioné. Pero hay algunos detalles legales que conviene tener claros:
- El Código Civil establece un plazo de seis meses desde la entrega de la vivienda para ejercer la acción por vicios ocultos para interponer una demanda judicial (salvo que se pruebe que el vendedor actuó de mala fe). Este plazo no puede ser interrumpido por reclamaciones extrajudiciales debido a que se trata de un plazo de caducidad.
- Si se trata de una vivienda nueva, entran en juego otros plazos fijados por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Para defectos de terminación o acabados, suele ser un año; para habitabilidad, tres años; y para problemas estructurales, hasta diez años.
- Si hablamos de una vivienda de segunda mano, la referencia principal es el plazo de seis meses, contado desde el día en que recibes las llaves.
Lo más importante es que no dejes pasar el tiempo sin actuar. Cuando quieras reclamar, necesitarás pruebas de que el defecto existía antes de que firmaras la compra. Si te interesa saber si merece la pena denunciar por vicios ocultos, te recomendamos este contenido.
Plazo de seis meses para reclamar vicios ocultos
El Código Civil español, en su regulación sobre compraventa, establece que el comprador dispone de un plazo de seis meses para reclamar vicios ocultos. Este plazo empieza a contar desde la entrega del inmueble y se considera de caducidad. Es decir, una vez transcurridos los seis meses, ya no será posible exigir la responsabilidad por estos defectos, salvo que se demuestre que el vendedor actuó con mala fe (ocultando deliberadamente el problema).
Ojo: Si has comprado una vivienda de nueva construcción, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) contempla plazos más extensos para reclamar defectos estructurales y de habitabilidad. Sin embargo, cuando hablamos de vicios ocultos en viviendas de segunda mano, el tope habitual es el de los seis meses.
¿Cómo reclamar vicios ocultos en vivienda?
Llegados a este punto, si has descubierto vicios ocultos en tu casa, debes tener en cuenta los pasos a seguir para iniciar una reclamación:
- Detectar el vicio de manera fiable
Lo primero es confirmar que el problema no es fácilmente apreciable y que afecta de manera grave a la vivienda. Una inspección exhaustiva o un informe pericial de un profesional (arquitecto, aparejador, ingeniero) será tu mejor prueba.
- Esto demuestra que el defecto existía antes de la compra y no era visible a simple vista.
- Esto demuestra que el defecto existía antes de la compra y no era visible a simple vista.
- Notificar por escrito al vendedor
Es importante comunicar al vendedor la existencia de los vicios ocultos y tu intención de reclamar. Lo ideal es enviar un burofax o correo certificado con acuse de recibo, dejando constancia de la fecha y de la reclamación.
- Aquí se inicia formalmente la demanda por vicios ocultos, si no se llega a un acuerdo amistoso.
- Aquí se inicia formalmente la demanda por vicios ocultos, si no se llega a un acuerdo amistoso.
- Exigir una solución o compensación
La ley regula distintas acciones en el Código Civil (artículos 1484 y siguientes). En general, se distinguen dos principales:
- Acción redhibitoria: Consiste en rescindir el contrato (dejarlo sin efecto). El vendedor devuelve el precio y el comprador entrega la vivienda.
- Acción quanti minoris: Implica una rebaja proporcional del precio, compensando el coste de las reparaciones necesarias para que la vivienda sea habitable.
- Acción redhibitoria: Consiste en rescindir el contrato (dejarlo sin efecto). El vendedor devuelve el precio y el comprador entrega la vivienda.
- Negociar con el vendedor
A veces, el vendedor puede optar por reparar los defectos o llegar a un acuerdo económico sin necesidad de juicio. Esta vía suele ser más rápida y menos costosa.
- Si el vendedor conocía el vicio y aun así lo ocultó, el comprador también puede reclamar daños y perjuicios (por ejemplo, gastos de alojamiento temporal mientras se repara la casa).
- Si el vendedor conocía el vicio y aun así lo ocultó, el comprador también puede reclamar daños y perjuicios (por ejemplo, gastos de alojamiento temporal mientras se repara la casa).
- Acudir a la vía judicial
Si no hay acuerdo amistoso, tendrás que presentar una demanda por vicios ocultos. El juez decidirá si se cumplen los requisitos de vicio oculto y qué acción (resolución del contrato o rebaja del precio) procede.
- Conviene contar con un abogado especializado en Derecho Inmobiliario para defender tus derechos ante el tribunal.
- Conviene contar con un abogado especializado en Derecho Inmobiliario para defender tus derechos ante el tribunal.
¿Qué pasa si el vendedor conocía el vicio oculto?
Una de las claves para reclamar es saber si el vendedor era consciente de la existencia del defecto. Si el vendedor conocía el problema y lo ocultó deliberadamente para cerrar la operación, la ley contempla mayores consecuencias para él:
- Podrás reclamar la anulación de la compraventa (acción redhibitoria).
- El vendedor podría tener que indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados.
- Incluso pasados los primeros seis meses, una actuación de mala fe puede reabrir la posibilidad de reclamar.
Por tanto, el vendedor siempre está obligado a responder si se demuestra que sabía (o debía saber) del vicio oculto y no lo comunicó. Esto evita que se vendan viviendas con defectos graves sin avisar al futuro propietario.
Aquí es recomendable documentarlo todo desde el principio y, si es necesario, preparar una reclamación a la aseguradora si existiera un seguro de responsabilidad civil en vigor.
Vicios ocultos en viviendas de segunda mano
En las viviendas de segunda mano, los vicios ocultos son frecuentes porque la casa ya ha tenido un uso previo y pueden surgir problemas que el nuevo comprador desconozca. Los más habituales son:
- Humedades o problemas de fontanería no visibles durante las visitas.
- Instalaciones eléctricas obsoletas que generan riesgos.
- Desperfectos en ventanas o puertas que no se manifiestan hasta su uso continuado.
- Daños estructurales que no eran obvios a simple vista.
Recuerda que, para reclamar vicios ocultos en viviendas de segunda mano, la clave es cumplir el plazo de seis meses y demostrar que el defecto no era visible. Si lo consigues, podrás exigir una solución (por ejemplo, la quanti minoris) o la rescisión del contrato.
Vicios ocultos en vivienda nueva de construcción
Cuando adquieres una vivienda de nueva construcción, los plazos y responsabilidades se rigen también por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Por ejemplo:
- Un año para defectos en acabados o terminaciones (pintura, alicatados, etc.).
- Tres años para fallos de habitabilidad o instalaciones que impidan el uso adecuado de la vivienda.
- Diez años para defectos estructurales o que comprometan la estabilidad del edificio.
Cuidado, desde que los desperfectos se manifiestan existe un plazo de caducidad de dos años para interponer acciones judiciales.
En estos casos, puedes reclamar a la constructora, al promotor e incluso al arquitecto o al aparejador responsables del proyecto, dependiendo del tipo de defecto. No obstante, la figura de vicios ocultos puede solaparse con las garantías de la LOE. Lo ideal es consultar a un profesional para determinar la vía de reclamación correcta.
Consejos para detectar los vicios ocultos antes de comprar
- Realiza una inspección exhaustiva: No te limites a una visita rápida. Comprueba humedades, ventanas, instalaciones eléctricas y de fontanería.
- Contrata un técnico: Un informe pericial de un arquitecto o aparejador puede descubrir defectos ocultos que pasan desapercibidos a simple vista.
- Pregunta al vendedor: Indaga sobre cualquier obra reciente, reformas, o si ha habido problemas previos de humedad o grietas.
- Revisa la documentación: Exige los certificados de la instalación eléctrica y la calificación energética de la vivienda.
- Asegúrate de firmar un contrato de compraventa claro: Incluye cláusulas específicas sobre el estado del inmueble y la posible presencia de vicios ocultos.
Pasos a seguir si descubres vicios ocultos después de la compra
- Documenta el problema: Fotos, vídeos e informes. Cuanto más detallada sea la prueba, mejor.
- Busca asesoramiento legal: Un abogado experto en vicios ocultos como Lexway Abogados puede orientarte sobre qué acción es más viable (redhibitoria o quanti minoris).
- Solicita al vendedor una respuesta: Notificación formal por escrito, explicando el defecto y tus exigencias.
- Negocia: Si el vendedor admite el vicio oculto, intenta que financie las reparaciones o acuerde una rebaja del precio.
- Demanda por vicios ocultos: Si no hay acuerdo, queda la vía judicial. Recuerda que el plazo de seis meses es fundamental.
Conclusión: reclamar vicios ocultos es tu derecho
En resumen, ¿qué es un vicio oculto de vivienda y cómo reclamarlo?: se trata de cualquier defecto grave que no se detecta a primera vista, pero que estaba presente antes o en el momento de la compraventa. El Código Civil español establece que, en viviendas de segunda mano, tienes un plazo de seis meses para reclamar vicios ocultos.
Para ello, es importante contar con pruebas (informe de un perito, fotografías, etc.) y, si no llegas a un acuerdo amistoso con el vendedor, iniciar una demanda por vicios ocultos. Podrás exigir la rescisión del contrato (acción redhibitoria) o una rebaja proporcional (acción quanti minoris), dependiendo de la gravedad del defecto.
Soy abogado con más de 15 años de ejercicio profesional. He participado en más de 200 procedimientos judiciales y he cultivado más de 2200 horas de formación continuada tras licenciarme.
Me gusta el Derecho y he dedicado la mayor parte de mi carrera a las áreas del derecho Inmobiliario, Urbanismo y Mercantil.