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¿Puede el Inquilino Meter a Vivir a Otra Persona en un Piso Alquilado? Guía Legal

17 Ago 2025 | Derecho inmobiliario & urbanismo

Esta es una de las dudas más frecuentes en el mercado del alquiler. La respuesta corta es: depende. No es un simple sí o no, ya que la legalidad de que una tercera persona entre a vivir en la vivienda alquilada depende de su relación con el inquilino y de lo que se haya pactado en el contrato de alquiler.

La ley busca un equilibrio entre el derecho del inquilino a su vida privada y familiar y el derecho del arrendador a proteger su propiedad. Un movimiento en falso puede suponer un incumplimiento del contrato con consecuencias serias.

A continuación, vamos a desgranar lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y en qué situaciones necesitarás el consentimiento del propietario.

La Clave está en la Ley: Subarriendo vs. Convivencia

Para entender si puede el inquilino meter a vivir a otra persona, primero debemos diferenciar dos figuras legales que a menudo se confunden: el subarriendo y la simple convivencia.

¿Qué es el Subarriendo y por qué necesita consentimiento?

Hablamos de subarriendo cuando el inquilino, que es el firmante del contrato, alquila una parte de la vivienda (normalmente habitaciones) a otra persona a cambio de una renta. En este caso, la LAU es muy estricta.

El artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el subarriendo parcial solo es posible con el consentimiento expreso y por escrito del propietario. Ceder una habitación sin esta autorización es ilegal.

Si el arrendador lo autoriza, la renta del subarriendo nunca podrá ser superior a la del alquiler principal. No obtener el consentimiento del propietario es causa directa para rescindir el contrato.

¿Y la Cesión del Contrato?

Otra figura es la cesión, donde el inquilino original transmite su posición en el contrato a un tercero, desvincularse por completo. Al igual que el subarriendo, la cesión del contrato también necesita la autorización escrita del propietario.

Excepciones: ¿Cuándo puede vivir otra persona en el piso sin ser subarriendo?

Aquí es donde la ley se flexibiliza. No se considera que se está metiendo a otra persona en el piso de forma ilegal cuando quienes conviven con el inquilino forman parte de su unidad familiar o tienen un vínculo afectivo estable.

El Cónyuge o Pareja de Hecho

La situación más clara es la de la pareja. El inquilino puede vivir con su cónyuge o con una persona con la que mantenga una relación de convivencia marital afectiva estable, sin que esto sea considerado un subarriendo.

El piso alquilado es el domicilio familiar y la ley protege esta situación. No es necesario pedir permiso al arrendador para que tu pareja se mude contigo.

Hijos y Familiares que Dependen del Inquilino

Lo mismo ocurre con los hijos del arrendatario que conviven con él. También se extiende a otros familiares que formen parte de la unidad familiar del arrendatario y que dependan económicamente de él.

Estos familiares no son «terceras personas» ajenas al contrato, sino que la vivienda habitual del inquilino es también la suya.

Visitas y Estancias Temporales

Por supuesto, un inquilino puede recibir visitas. Invitar a un amigo o familiar a pasar unos días no supone ningún problema legal.

El conflicto surge cuando esa «visita» se alarga en el tiempo y empieza a compartir gastos. Si esa persona no tiene un vínculo familiar o afectivo y la estancia es prolongada, un propietario podría interpretarlo como un subarriendo encubierto.

¿Qué Pasa si Meto a Alguien sin Permiso del Arrendador?

Si la situación no encaja en las excepciones de convivencia familiar y no se ha obtenido el consentimiento del propietario para un subarriendo, el inquilino está cometiendo un incumplimiento del contrato.

La consecuencia principal es que el arrendador tiene derecho a solicitar la resolución del contrato de arrendamiento. Esto significa que puede iniciar un proceso judicial para dar por finalizado el alquiler y proceder al desalojo de todos los ocupantes de la vivienda.

Recomendaciones para Evitar Problemas Legales

Tanto para inquilinos como para propietarios, la clave es la claridad y la comunicación.

  • Para el inquilino: Antes de meter a vivir a otra persona, revisa tu contrato. Si tienes dudas sobre si tu situación es una convivencia permitida o un subarriendo, lo mejor es hablar con el arrendador o buscar asesoramiento legal.
  • Para el propietario: Es recomendable incluir en el contrato cláusulas que especifiquen claramente las condiciones sobre la ocupación de la vivienda, siempre dentro de los límites de la LAU. Una comunicación fluida ayuda a prevenir muchos conflictos.

En definitiva, la ley protege la convivencia familiar del inquilino, pero prohíbe que este haga negocio con la vivienda alquilada sin la autorización expresa del dueño.

Si tienes dudas sobre tu contrato o te encuentras en una de estas situaciones, nuestro equipo de abogados inmobiliarios puede ofrecerte el asesoramiento que necesitas.

Socio Director en  ~ Web ~  Más Artículos

Soy abogado con más de 15 años de ejercicio profesional. He participado en más de 200 procedimientos judiciales y he cultivado más de 2200 horas de formación continuada tras licenciarme.

Me gusta el Derecho y he dedicado la mayor parte de mi carrera a las áreas del derecho Inmobiliario, Urbanismo y Mercantil.

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